martes, 7 de marzo de 2023

Varias ordenes inspección mismo empleador

 Fiscalización Laboral 

Ordenes de inspección 



La generación de varias ordenes de inspección a un mismo empleador durante un mismo año.

De conformidad a lo establecido en el artículo 3° del decreto supremo N.° 020-2019-TR, dentro de un mismo año fiscal (entre el 01 de enero y el 31 de diciembre), la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL no podrá, como regla general, programar más de una orden de inspección (por OPERATIVO) sobre una misma materia (ejemplo, el pago de la gratificación, o el depósito de la CTS, entre otros) respecto del mismo sujeto inspeccionado.

Las órdenes de inspección que se emitan en contravención de lo señalado anteriormente no pueden concluir con la emisión de un acta de infracción (vale decir, con una o más propuestas de multa, ojo, a pesar que se detecten incumplimientos).


Excepciones a la regla: La señalado anteriormente no es de aplicación cuando se trate de:

1 Inspecciones en materia de seguridad y salud en el trabajo (por ejemplo, accidentes de trabajo, entre otros).

2 Derechos fundamentales laborales (por ejemplo, lo relacionado al hostigamiento sexual, derechos de las madres trabajadores, afectación a la libertad sindical, entre otros)

3 Registro de trabajadores en planilla.

4 Incumplimientos de obligaciones sociolaborales (por ejemplo, el pago de liquidación de beneficios sociales, el pago de algún beneficio de origen legal o convencional -convenio colectivo o laudo arbitral-, o básicamente, cuando se presente una denuncia por un trabajador o ex trabajador, entre otros).


Para saber  mas : El artículo 3° del decreto supremo N.° 020-2019-TR que contiene dicha prohibición está vigente y no fue MODIFICADO o DEROGADO.