Sector Público
Se declara días no laborables compensables para los trabajadores del sector público, durante el año 2023 y enero del año 2024
Norma : D. S N° 151-2022-PCM
Publicado : 29/12/2022
Dia no laborable : Lunes 09 Octubre 2023
En el sector Público
Compensación de horas Las horas dejadas de laborar durante los días no laborables serán compensadas en los 10 días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.
Provisión de servicios indispensables Los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad, durante los días no laborables
Tributacion Para fines tributarios, dichos días serán considerados hábiles.
Días no laborables para Sector Privado
Opcional : Los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto , previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.
Actividades económicas de especial relevancia para la comunidad Las entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada que realizan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos; están facultadas para determinar los puestos de trabajo que están excluidos de los días no laborables declarados y los trabajadores respectivos que continuarán laborando, a fin de garantizar los servicios a la comunidad.
Tributación Para fines tributarios, dichos días serán considerados hábiles.