martes, 23 de abril de 2024

Abandono Puesto de Trabajo

 


Solo para usted 

Recuerde que...

Por abandono al centro de trabajo, no se despide al trabajador luego del tercer día de inasistencia injustificada..

¿ Por qué no ?..

 Pues el trabajador por cada día tiene 3 días para justificar su falta.

¿ Entonces ? ..

Por consiguiente, se le podrá iniciar el procedimiento de despido a partir del octavo día de ausencia. 

Fuente:  art.25 inc h  D.S. 003-97-TR