sábado, 6 de septiembre de 2014

DECRETO LEY Nº 14371

DISPONIENDO QUE LAS EMPRESAS QUE TENGAN MÁS DE 100 TRABAJADORES, DEBERÁN CONTAR CON UNA DEPENDENCIA QUE SE ENCARGUE DE LAS RELACIONES INDUSTRIALES PARA LA ATENCIÓN DE LAS CUESTIONES LABORALES

DECRETO LEY Nº 14371 (22/01/1963)

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO

POR CUANTO:
LA JUNTA DE GOBIERNO HA DADO EL SIGUIENTE DECRETO-LEY:

LA JUNTA DE GOBIERNO

CONSIDERANDO:
Que es necesario promover y generalizar la aplicación de las técnicas modernas tendientes al
mantenimiento y fomento de la armonía entre empleadores y trabajadores;

Que se viene observando deficiencias en la atención de los asuntos laborales, en los centros
de trabajo que cuentan con numerosos servidores, por carecer de un servicio adecuado y
permanente de relaciones industriales;

Estando a lo recomendado por la Mesa Redonda de Relaciones Industriales convocada por
Resolución Ministerial Nº 318 de 27 de febrero de 1962, con participación de representantes
del Capital, del Trabajo y de funcionarios gubernamentales;

En uso de las facultades de que está investida;

HA DADO EL SIGUIENTE DECRETO-LEY:

ARTÍCULO 1.- Las empresas que tengan más de 100 trabajadores, entre obreros y
empleados, deberán contar con una dependencia adecuada que se encargue de las relaciones
industriales para la atención de las cuestiones laborales, en forma permanente.

ARTÍCULO 2.- Las mencionadas empresas informarán a la Autoridad de Trabajo de su
respectiva jurisdicción, el nombre de la persona o personas encargadas del servicio de
relaciones industriales a que se refiere el artículo 1, así como el título, diploma o calificación
que ostente quien esté al frente de dicho servicio.

ARTÍCULO 3.- Los empleadores tendrán 90 días de plazo para dar cumplimiento a las
disposiciones a que se contrae el presente Decreto-Ley.

ARTÍCULO 4.- Los infractores de este Decreto-Ley serán pasibles de las sanciones previstas
por las disposiciones laborales vigentes.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de Enero de mil novecientos
sesentitres.


Ir a : Principales normas laborales peruanas 
Descargue Catalogo Manuales Laborales
Descargue Ejemplar Cortesía Revista Actualízate