jueves, 10 de enero de 2013

Las vacaciones truncas

Una situación que se da con frecuencia , es el de las vacaciones que no se llegan a gozar o generar por que el trabajador cesa en el empleo

Este articulo es  parte de la revista  laboral "Actualizate "
El contendio completo lo puede ver en la edición Enero 2013



Concepto
Las vacaciones constituyen el período de descanso remunerado, legalmente obligatorio, a que tiene derecho el trabajador con el objeto de reponer sus fuerzas físicas o intelectuales.

Las vacaciones  legales
En el tema de las vacaciones se presentan dos situaciones
a.- Las vacaciones generadas y adquiridas
b.- Las vacaciones truncas

Las vacaciones generaras y adquiridas
Si el trabajador cesa en el empleo después de cumplido el año de servicios y el correspondiente récord vacacional, sin haber disfrutado del descanso, tienen derecho al pago del íntegro de la remuneración vacacional
(D.Leg. 713, art. 22

El record trunco vacacional
Son las llamadas " vacaciones truncas " .

Si el trabajador cesa en el empleo sin haber cumplido el primer año de servicios o sin haber completado un nuevo año de servicios, sólo tendrá derecho a tantos dozavos y treintavos de dozavos de la remuneración vacacional como meses y días respectivamente haya laborado
(D.Leg. 713, art. 22).
 

Exigencias diferentes para situación
Si usted se ha dado cuenta , existen exigencias diferentes para que se den estos dos tipos de vacaciones.
En las primeras , las vacaciones generadas y adquiridas  el trabajador debe cumplir con la antiguedad ( 01 Año continuo de servicos ) y  la asistencia ( record vacacional ) , ademas de permanecer en la empresa para que se le programe la oportunidad del descanso.

En el caso de las vacaciones truncas ( record trunco vacacional ) , la exigencia fundamental es que el trabajador haya cesado en el empleo , cualquiera sea el motivo.