miércoles, 20 de marzo de 2013

Denuncia Laboral

Revista laboral Actualizate e
dicion:del 01al 15 marzo 2013
¿Es posible el desistimiento de una denuncia laboral?

Si bien no se encuentra proscrita la posibilidad de que los denunciantes (ejemplo : los trabajadores o ex trabajadores ) , se desistan de los hechos formulados ante la Autoridad Administrativa de Trabajo ; Tal situación no detiene el proceso inspectivo .

Ello , toda vez que los procesos de inspección laboral se inician siempre de oficio. (Independiente de las causas que las originen).

En ese sentido, aunque el denunciante se desista y ponga dicho acto en conocimiento de la Autoridad Administrativa de trabajo, las inspecciones de trabajo seguirán su curso con la finalidad de :

a.- Verificar el cumplimiento, para lo cual se emitirá el informe correspondiente y se considerara en el expediente.

b.- Verificar el incumplimiento, para lo cual se expedirá el acta con la propuesta de sanción acorde con la infracción cometida.

Lic. Ricardo Candela Casas