jueves, 22 de agosto de 2019

Ministerio de Trabajo verifica la implementación de lactarios

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Las madres tienen el derecho de contar con estos ambientes en su centro laboral.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) tiene programado efectuar 30 supervisiones en Lima y en regiones para verificar que toda institución de los sectores privado y público, donde laboren 20 o más mujeres en edad fértil, cuenten con lactarios.


Este portafolio llevará a cabo operativos en el marco de las supervisiones que efectúa para verificar el cumplimiento de la Ley N° 29896, que señala que toda institución privada o pública donde laboren trabajadoras en esa condición debe contar con un espacio digno, exclusivo, cómodo y saludable para la extracción y conservación de la leche materna durante el horario de trabajo.

Durante las intervenciones, los especialistas brindan asistencia técnica a los responsables del manejo de los lactarios, así como capacitaciones a las madres trabajadoras para ejercer este derecho laboral, detalló el MTPE.

En la inspección de trabajo, a cargo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), se vigila el cumplimiento efectivo de la norma laboral mediante la fiscalización y la aplicación de las sanciones a infracciones graves o muy graves de los empleadores.

Lineamientos
En el Perú, cada año más mujeres ingresan al mercado laboral.

Las madres trabajadoras tienen el derecho laboral de contar con un lactario en su centro de trabajo, a fin de garantizar que su hijo sea alimentado con leche materna, que contribuye al desarrollo integral del niño durante sus primeros años de vida.

Esta garantía forma parte de la promoción de los derechos de las mujeres con responsabilidades familiares para conciliar su vida familiar con el trabajo, lo cual consolida una cultura igualitaria sin brechas de género en los centros laborales, informó el MTPE.

Las oficinas de Recursos Humanos son las encargadas de la implementación y funcionamiento de los lactarios institucionales.

Además, en el marco de la Semana de la Lactancia Materna, que se desarrollará hasta mañana, el MTPE participará en eventos de promoción y difusión de los lactarios institucionales.

Beneficios
Los lactarios generan mayor satisfacción para las trabajadoras al poder combinar el trabajo con la maternidad, con lo cual ejercen su derecho a la lactancia materna.

Además, generan menor ausentismo porque los bebés y las madres enfermarán menos, refirió el MTPE.

Además, permiten el desarrollo de actitudes de eficiencia en el trabajo que efectúan las madres y fortalecen su compromiso con la empresa; por su parte, las instituciones actúan bajo los estándares de la responsabilidad social.

El servicio de lactario puede ser usado por cualquier madre que tenga un hijo lactante, sin importar su régimen laboral, estado civil o edad, agregó el portafolio.


Manual implementación de lactarios 2019

Documento en formato PDF
27 paginas

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--------- Contenido ----------

Obligación
¿Qué entidades están obligadas a implementar un lactario?
¿Y en aquellas entidades o centros de trabajo con menos de 20 mujeres en edad fértil?

El término institución en la Ley Nº 29896
¿A qué se entiende por institución en el sector Público?

Responsabilidad en el cumplimiento de la presente norma en las instituciones del sector público o privado.
¿Qué dependencia dentro de la organización es responsable del cumplimiento de la norma?

Plazo de implementación
¿Cual es el plazo de implementación?

Edad fértil
¿Qué se entiende por edad fértil?

Características del lactario
¿Qué características debe reunir el lactario?

Características mínimas para la implementación del servicio de lactario
¿Puede precisar más sobre las características mínimas?

Ubicación
¿ Donde deberá estar ubicado el lactario?
¿Qué debe considerar cuando el lactario no está dentro de las instalaciones de la empresa?

Vigencia de la obligación
¿Hasta qué edad del niño(a) la madre tendrá derecho al uso del lactario?

Oportunidad de su uso
¿En qué momento la madre trabajadora puede utilizar el lactario?

Frecuencia de uso
¿Con que frecuencia se podrá utilizar el lactario?
¿Si se requiere de un tiempo mayor a la de una hora al día?

La hora de lactancia materna y el uso del lactario
¿Es lo mismo la hora de lactancia materna con el derecho al uso del lactario?

Comunicación de implementación a organismos supervisor
¿ A quién se debe comunicar que se ha implementado un lactario?
¿ En qué forma debe comunicarse dicha implementación?
¿ En qué plazo que debe realizar dicha comunicación?

Difusión del uso del lactario
¿ Que acciones debe tomar la empres para difundir el uso del lactario?
¿ Pero cuáles son las acciones para un funcionamiento optimo del servicio?

Reconocimiento público a instituciones amigas de la lactancia materna.
¿Las empresas que cumplan con esta norma , tienen algún tipo de reconocimiento?

Fiscalización
La comisión multisectorial de Lactarios
¿ Cual es la función de la comisión multisectorial de lactarios?
¿ Los integrantes de esta comisión  tendrán algún pago por sus servicios?

Incumplimiento de las obligaciones en materia de lactarios
Sector Público
¿ Quien fiscaliza el cumplimiento de esta obligación en el sector Público?

En el sector Privado
¿Quién fiscalizara el cumplimiento de esta obligación en el sector privado?
Ante una visita inspectiva y detectada la omisión a la norma ¿ Que sucedería?
¿ Si terminado el plazo y la empresa no ha implementado el lactario ¿ Que sucedería?

Normas legales relacionadas


Costo del documento ======================

S/ 58.00

Cincuentiocho  soles

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