viernes, 2 de julio de 2021

¿ Como compensar horas no pagas licencia Covid-19 al cese trabajador en sector privado?

 Licencia  con goce de haber Covid-19 

Al cese trabajador 

Sin compensar horas  adeudadas


El valor de las horas adeudadas no compensadas al cese por el  trabajador,  son adelanto de remuneraciones .

Procediendo su recuperación  descontando valor de beneficios  sociales. 


¿ Cual es la posibilidad de 'descontar  de los beneficios sociales'' las remuneraciones pagadas como "consecuencia de haber otorgado licencia con goce de haber compensable  Covid-19  y que el trabajador, producto de la extinción del vínculo laboral, le sea tácticamente imposible pagar 'con trabajo'' la" remuneración pagada ?


Lo que debe saber :


En el sector público 

 Expresamente en el litera l b) del artículo 4.1. del decreto de urgencia Nº 078-2020 se establece que, la entidad del sector público se encuentra facultada a aplicar el descuento de las horas no compensadas de la liquidación de beneficios sociales y/o las vacaciones no gozadas o truncas que tuviera acumuladas el/la servidor/a civil o trabajador/a al momento del cese, según correspondiera.


Sector privado

No se  cuenta con una normatividad o regulación expresa sobre el particular.


¿ Llenando  un " vacio"?

Según el tribunal  Sunafil ,  al haber expirado el contrato de trabajo durante el Estado de Emergencia Nacional sin que la trabajadora cumpliera con la compensación correspondiente, se configuró un"'adelanto de remuneraciones'' que, como tal, debe ser descontado de aquellas que tuviera en su poder el empleador, por el carácter sinalagmático del contrato de trabajo y por el carácter 'compensable'' de la mencionada licencia con goce de haber.

 En consecuencia, procedía el descuento de sus beneficios sociales e, inclusive, en caso de haberlo, de las utilidades a las que tuviera derecho.


Requisitos previos para aplicar esta disposición. 


a  El acuerdo previo.

 Antes de otorgar la licencia con goce de haber, se debe  suscribir con el trabajador un consentimiento expreso de descuento de su liquidación de beneficios sociales en el caso no pueda recuperar las horas que le fueron pagadas como consecuencia de una licencia con goce de haber. 

En caso no se cumpla este acuerdo,  por diversas  razones,  se autoriza al empleador a realizar  el descuento  respectivo. 


b. No hay acuerdo  escrito.

A falta de no contar con el consentimiento expreso del trabajador, la empresa puede recurrir al Poder Judicial a fin de solicitar la restitución de lo abonado ''indebidamente'' siendo aplicable, en vía de supletoriedad, las disposiciones del Código Civil que regulan la figura del pago indebido y que resulten compat ibles.

Fuente

Resolución Nº 052-

2021-SUNAFIL/TFL