sábado, 4 de junio de 2022

Disolución empresa exonera pago beneficios sociales

 


Inspección  Laboral  

Difícil situación económica (2)

Fuente :Res. 096-2022-SUNAFIL/TFL-Primera Sala de 7-2-22

Pregunta  :  El proceso de disolución y liquidación del empleador ¿ exonera a la empresa de la aplicación de multas por incumplir el pago íntegro y oportuno de los beneficios sociales de los trabajadores?

Fallo:

El hecho de solicitar su disolución y liquidación no exonera al empleador de la imposición de la multa si es que en el procedimiento que refiere 

haberse iniciado no se han garantizado las acreencias laborales, ni se ha demostrado que el trabajador comprendido en la inspección tenga deudas reconocidas ante INDECOPI que  suspendan su exigibilidad.