martes, 14 de marzo de 2023

Asegurados con dos o más empleadores

 Incapacidad Temporal para el trabajo y maternidad

El pago del subsidio por incapacidad temporal es el monto en dinero que otorga EsSalud al asegurado regular en actividad.

Esto  con el objetivo de resarcir las pérdidas económicas, derivadas de la incapacidad para el trabajo.

Se adquiere a partir del dia 21 de incapacidad y hasta donde dure la misma, con un plazo máximo de 11 meses y 10 dias consecutivos, en tanto no realice trabajo remunerado.


Solicitud de prestaciones económicas  Es el acto por el cual el asegurado, Entidad Empleadora o beneficiario requiere a EsSalud, de acuerdo al Formulario No 1040 - Formulario para Pago de Prestaciones Económicas, el pago directo o reembolso de prestaciones económicas.

Debe  consignár los datos que permitan la evaluación de la procedibilidad de lo requerido según el tipo de prestación económica.

Ademas debe  adjuntar la documentación complementaria que resulte exigible. 

Asegurados con dos o más empleadores 

Para los casos de subsidios por Incapacidad Temporal para el Trabajo y Maternidad.

Cuando el asegurado tenga dos o más empleadores, le corresponde solicitar a los profesionales de la salud tratantes los Certificados de Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITT) por cada uno de aquéllos.

Las solicitudes de prestaciones económicas correspondientes a cada CITT serán evaluadas de manera independiente.

Base legal : D. S. N° 013-2019-TR 


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