Teletrabajo : Aplicación
Recomendamos estas acciones para la mejor adecuación:
1
Identificar puestos, actividades y funciones que puedan desempeñarse bajo esta modalidad.
2
Elaborar una política de teletrabajo.
3
Proyectar formatos de acuerdos de teletrabajo.
4
Evaluar mecanismos de supervisión de cumplimiento de jornada.
5
Analizar la posibilidad de aplicación preferente del teletrabajo para población vulnerable.
6
Diseñar un plan de capacitaciones sobre las medidas, condiciones y recomendaciones de seguridad y salud para los teletrabajadores.
Incluir la formación e instrucción del correcto llenado del "formulario de autoevaluación".
7
Definir cuáles serán las políticas de seguridad digital y de adecuado uso de equipos considerando normativa de protección de datos personales.
Para saber mas : El teletrabajo no es una forma de contrato laboral, sino una modalidad especial en la prestación de los servicios, que pasan a ser de naturaleza no presencial operando la vinculación con el empleador por medio de las tecnologías de la información.
- El teletrabajo es voluntario, en principio, pero excepcionalmente puede ser fijado a iniciativa del empleador, en uso de sus facultades y por motivos debidamente sustentados.
' Puede ser pactado en forma temporal, por un plazo cierto. o de duración permanente.
Ante la inexistencia del plazo se entiende que el teletrabajo es permanente.
- Cabe su estipulación de manera total, sin presencia en el local del empleador salvo para coordi- naciones determinadas o de modo parcial, solo en ciertos días por semana, semanas en el mes o meses en el año, situación que deberá ser acordada en el respectivo contrato.
Puede establecerse una flexibilización de la jornada, dentro de ciertos límites, y realizarse dentro o fuera del territorio nacional.