jueves, 21 de septiembre de 2023

Procedimiento de entrega seguro vida ley


La solicitud  de cobro 

Producido el fallecimiento del trabajador y formulada la solicitud correspondiente, la compañía de seguros procederá a entregar sin más trámite, el monto asegurado a los beneficiarios que aparezcan en la declaración jurada o en el testamento por escritura pública si éste es posterior a la declaración jurada. 

Función de la compañía  de seguros 

La entrega se efectuará sin ninguna responsabilidad para la compañía aseguradora en caso aparecieran posteriormente beneficiarios con derecho al seguro de vida.

Tratándose de la presentación del testamento antes indicado sólo tendrá derecho al seguro de vida los beneficiarios.

Menores de edad

Si hubiera menores de edad, el monto que les corresponda se entregará al padre sobreviviente, tutor o apoderado, quien administrará el monto que corresponde a los menores conforme a las normas del Código Civil.

Otros beneficiarios  posteriores

Los beneficiarios que cobren la póliza, serán responsables solidariamente entre sí el por el pago de la alícuota correspondiente en caso aparecieran otros beneficiarios con derecho a su cobro.