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En el ámbito laboral, el seguro de vida consiste en una obligación del empleador en favor de sus trabajadores para cubrir las contingencias derivadas de los casos de muerte o invalidez permanente de los mismos
¿ Que requisito debe cumplir el trabajador para tener derecho al seguro de vida ley?
El beneficio del seguro de vida se extiende de manera obligatoria a los trabajadores que tienen cuatro años de servicios .
¿ Que riesgos cubre la póliza de seguro vida ley?
La póliza de seguro de vida cubre los riesgos de Muerte natural y accidental Así como invalidez total y permanente por accidente
Sabia usted : Este beneficio originalmente se denominaba " Seguro de vida " , pero desde la obligación de registrar los contratos de seguro de vida a favor de los trabajadores en un aplicativo diseñado en la web del Ministerio de trabajo, su denominación cambio a " Seguro de vida ley".
¿Quiénes son los beneficiarios de la póliza de seguro de vida?
El seguro de vida ley en caso de muerte del trabajador , genera beneficio en su familia.
Siendo beneficiarios el cónyuge , conviviente , descendientes y a falta de ellos , los ascendientes y hermanos menores de dieciocho ( 18 ) años.
Solo en caso de invalidez el trabajador podrá cobrar directamente este beneficio.
¿ Quien paga el seguro de vida ley?
El pago es de responsabilidad exclusiva del empleador?
¿ Existe alguna tasa establecida por las normas para el pago de la prima por seguro de vida ley?
No.
Actualmente se ha dejado que el monto de la prima se regule por el propio mercado
Pago de las primas : Oportunidad
¿ En que momento debe pagarse la prima por el seguro de vida ley?
La prima debe ser pagada un mes antes de su cobertura. Ejemplo : La prima para Marzo deberá ser pagada en Febrero
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¿ A cuánto corresponde la indemnización en la póliza de seguro vida?
El monto de las pólizas se sujeta a la siguiente escala:
– Por fallecimiento natural del trabajador debe abonarse a los beneficiarios 16 remuneraciones, que se establecen en base al promedio de lo que percibió en el trimestre previo al deceso
– Por fallecimiento accidental del trabajador debe abonarse a los beneficiarios 32 remuneraciones, tomando como base la úl tima remuneración percibida
– Por invalidez total y permanente del trabajador originada por un accidente debe abonarse 32 remuneraciones, tomando como base la última remuneración percibida.