martes, 14 de junio de 2022

El Bono de Reconocimiento


 Exaportantes del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) que decidieron cambiarse a una AFP, pueden solicitar ante la ONP una solicitud para reclamar el Bono de Reconocimiento. 


¿ Qué es el Bono de Reconocimiento ( En adelante BdR) ?

Se trata de un bono extraordinario por hasta 60 mil soles que reconoce los años de aportes realizados a la ONP , acumulados  antes del traspaso a una AFP  .


Los requisitos.  Además de ser exaportante del SNP, para poder acceder a este bono  reconocimiento  debes cumplir con ciertas condiciones y estas dependen de la fecha en las que realizaste tus aportes:

Bono 1992: haber estado afiliado al SNP con anterioridad al 6 de diciembre de 1992 y ya estar inscrito en alguna AFP. 

Que sus aportes se hayan realizado por un mínimo de 48 meses dentro de los 10 años anteriores al 06/12/82 y el 05/12/92.

Bono 1996: haber estado afiliado al SNP y luego a una AFP desde el 06/11/96 hasta el 31/12/97. 

Ser aportante por un mínimo de 48 meses dentro de los 10 años anteriores entre el 01/01/87 y el 31/12/96.

Bono 2001: Que el aporte al SNP haya sido en un mínimo de 48 meses dentro de los 10 años anteriores entre el 01/01/1992 y el 31/12/2001.

Bono 20530: Según la la Ley del Régimen Previsional a cargo del Estado, les corresponde a los afiliados a dicho régimen que se hayan incorporado al SPP a partir del 24 de abril de 1996.


- Bono 2002 :  Para ex aportantes a la ONP  desde el 01/01/2002 en adelante 

No existe este beneficio 


¿Cuándo podra cobrarlo? El pago depende de la situación previsional particular en la que se encuentres al momento de presentar tu solicitud:

a. Emisión y redención ordinaria: si la o el titular es menor de 65 años.

 En este caso, el bono se paga el último día hábil del bimestre anterior a aquél en el cual la o el titular cumpla la edad de jubilación legal (65 años).


b. Emisión y redención simultáneas: si la o el titular tiene 65 años o más, ha fallecido o le ha sido declarada una discapacidad total permanente. 

En dichos casos, el BdR se pagará a lo los beneficiaros o al titular con discapacidad, dentro de los 90 días calendarios contados a partir de la presentación de la solicitud.


¿ Donde se realiza el tramite? Debe solicitarlo ante la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) a la que estás afiliado. 

Ellos contarán con un plazo de 60 días para revisar tu solicitud de emisión del bono y enviarla a la Oficina de Normalización Previsional (ONP).