Medida disciplinaria : Poder dirección del empleador
Limitacion . El .Ejercicio derecho defensa
Más que crear uno nuevo, debe seguir el procedimiento establecido en la ley , para el caso de despido , esto está sustentado en el ejercicio del derecho a la defensa , reconocido por la Constitución Política del Perú.
La Constitución, en su artículo 139º, inciso 14, reconoce el derecho a la defensa; en virtud de dicho derecho se garantiza que los justiciables, en la protección de sus derechos y obligaciones, cualquiera sea su naturaleza (civil, mercantil, penal, laboral, etc.), no queden en estado de indefensión.